El Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago, al mediodía de hoy, decretará las medidas cautelares contra los ex generales Mario Rozas, Diego Olate y Ricardo Yáñez, quienes conformaban el alto mando de Carabineros durante la revuelta popular, todos imputados por el delito de apremios ilegítimos por omisión, con resultado de lesiones graves y homicidio, figura contemplada en el artículo 150 letra d del Código de Procesamiento Penal, que, sanciona a aquél empleado público que, «conociendo de la ocurrencia de estas conductas, no impida o no haga cesar la aplicación de los apremios o de los otros tratos, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello y estando en posición para hacerlo».
Por ese entonces, en la institución jerárquica de Carabineros, Mario Rozas ejercía el cargo de director general, Diego Olate de subdirector y Ricardo Yáñez de director de Orden y Seguridad.
En las sesiones previas de formalización, el 30 de septiembre y el 1 de octubre, los fiscales Ximena Chong y Javier Armendáriz, presentaron los casos en que se sustenta la acusación, detallándose las graves violaciones a los derechos humanos que implican las torturas, los traumas oculares, fracturas, politraumatismos, heridas y muerte.
La fiscalía no solicitó la prisión preventiva, solo arraigo nacional y firma quincenal contra los exgenerales. Cuestión en la que concordaron las defensas de los tres exgenerales de carabineros. Entre los querellantes hubo diversas posturas. Desde concordar con la solicitud de la fiscalía, el arresto domiciliario solicitado por el INDH, la prisión preventiva para uno y arresto domiciliario para otros, hasta la solicitud de la prisión preventiva para los tres imputados planteadas por la abogada Mariela Santana de CODEPU, Alejandra Arriaza en representación de CINTRAS y la abogada Karinna Fernández.
El fundamento para solicitar la medida de mayor intensidad es en atención a la gravedad de los delitos, la pena asociada a los mismos y considerar que la libertad de los imputados representa un peligro para él éxito de la investigación, en razón de que dado el conocimiento y control sobre la institución en la que se cometieron los delitos, podrían influir en testigos o intentar manipular pruebas.
Al respecto, Santana señaló que «cuando una persona se encuentra en la cúspide de una estructura de poder jerárquica y fuertemente organizada, aunque haya cesado en su cargo, se encuentra en condiciones de obstruir investigaciones, destruir pruebas, presionar declarantes. El poder residual que le queda es un factor que no se puede desconocer».